HHablar de inclusión es caminar sobre una cuerda delgada de la que fácilmente se puede caer en la incoherencia y la contradicción, pues si no se tienen bases concretas para la construcción inclusiva podemos terminar en la técnica del falso-positivo y vender integración por inclusión. Por tanto cada país o institución que promueve este proceso debe ser consciente y estar preparado para todo aquello que trae hablar de una verdadera inclusión, como políticas, prácticas y cultura inclusivas. En éste análisis abordaremos diferentes puntos de quiebre frente al ambiente de inclusión en el que anda el distrito, centrando nuestra atención en el proyecto que adelanta la SED para la promoción y apoyo a víctimas del conflicto a través de la inclusión educativa superior
Como punto de partida es esencial anotar una pequeña conceptualización de dos términos claves en nuestro análisis, inclusión y víctima, ¿Qué se entiende, en materia de educación del distrito, por el término “inclusión”? y ¿A qué hace referencia el sustantivo “víctima”, en el marco político de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448 de 2011)?. Frente a la inclusión la SED afirma que es un proceso mediante el cual se accede al sistema educativo garantizando la permanencia del sujeto y a su vez implica una transformación del entorno de enseñanza y aprendizaje, teniendo como objetivo satisfacer las necesidades individuales y colectivas para producir un espacio educativo equilibrado, en el que se ofrecen múltiples opciones de inclusión para la construcción de una escuela para todos. Por otro lado la Ley 1448 de 2011 define como víctima “Las personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1 de enero de 1985, como consecuencia de violaciones graves y manifiestas de las normas internacionales de Derechos Humanos y de infracciones al Derecho Internacional Humanitario ocurridas con ocasión del conflicto armado interno.” además aquellas personas que hayan sufrido un daño por intervenir en la asistencia de la víctima directa.
De acuerdo con las definiciones y/o construcciones, frente a los dos conceptos claves,anteriormente desarrolladas nos surgen varias preguntas, entendiendo a la víctima de acuerdo al enfoque político de la Ley 1448 podríamos catalogar como víctima del conflicto a las familias de aquellos victimarios, a los hijos de paramilitares y guerrilleros. Por tanto el proyecto de la SED incluye no sólo a aquellas víctimas del desplazamiento forzado, sino también a los personajes que anteriormente nombramos, en este sentido cómo desarrollar un modelo educativo inclusivo en el que la educación especializada para víctimas del conflicto (entendiendo todas las posibles víctimas), personas con limitaciones fisicas y grupos étnicos tenga sintonía en un sólo espacio educativo corriente. Es una apuesta muy grande la que hace el Estado colombiano y las instituciones educativas al hablar de inclusión.
Teniendo en cuenta los datos más importantes de las noticias a tratar en este análisis, que tienen como finalidad brindar apoyo no sólo a los estudiantes más vulnerables, sino a estudiantes directamente relacionados con el conflicto armado de nuestro país, que se encuentran en estado crítico en cuanto a estabilidad económica y en el mayor de los casos pertenecen a la población que se encuentra en desplazamiento, por consiguiente no cuentan con la oportunidad de adquirir conocimientos intelectuales en el ámbito de la educación superior, luego de culminar sus estudios en la educación básica y media.
En nuestra opinión, luego de analizar previamente la finalidad que tienen el congreso y el convenio para la educación incluyente, en donde se pretende exponer toda la complejidad del proyecto en beneficio a la comunidad educativa, especialmente a la población que está relacionada con el conflicto armado, hemos percibido que cuenta con ciertas falencias que son importantes para el mejoramiento de estos proyectos.
En En primer lugar la convocatoria e inscripción se realizan por medio de páginas web y es importante entender que muchas de las personas víctimas del conflicto llegan a las zonas periféricas de la ciudad donde el alcance del Internet es poco o casi nulo, las personas que podrían ser beneficiarias de este proyecto no se enterarían por la baja difusión de los eventos y la poca publicidad que se hace entorno a ellos, esto conlleva a otra dificultad, si las personas no se enteran y no se inscriben, los recursos destinados para el beneficio de la educaciòn superior y los congresos serán desperdiciados por falta de cupos y de familias que puedan recibir las actividades; otro problema que se presenta es que las personas que tienen acceso a estos proyectos educativos son las personas que están reconocidas por el estado como personas víctimas de la violencia, aunque si bien se entiende que es para mantener un control de acuerdo con las exigencias de las actividades que se llevan a cabo es importante entender que el proceso por el cual el estado legitima el desplazamiento y las personas víctimas es algunas veces superficial y varias familias que poseen estos problemas se quedan muchas veces sin la ayuda del estado y si no los reconocen como víctimas aún cuando estén directamente afectados por el conflicto no podrán acceder a los talleres y a la educación que se les pueda prestar.
Sin embargo, cabe realizar una pequeña crítica en cuanto a la gran cantidad de “inscritos en el registro único de víctimas” que, sin embargo, y haciendo un uso de la memoria; no resultaron ser ni víctimas, ni desplazados durante el proceso de restitución de tierras que se ha venido adelantando desde el 2011 gracias a la Ley 1448 de víctimas. En aquella ocasión este tipo de unidades (Unidad de restitución de tierras, unidad de víctimas, etc) tan solo sirvieron como herramientas para la concentración de la propiedad y el fomento al latifundio por parte de grandes compradores. Esperemos que esta vez, estos dos mil beneficiarios si corresponden a personas, que, víctimas o no, hayan sufrido las consecuencias del conflicto armado y cuya situación pueda verse mejorada gracias a esta iniciativa. Esperamos también, que los más de treinta y tres mil millones de peso que se entregarán a la unidad de victimas para financiar este acceso a la educación superior sean utilizados de la manera más adecuada, y no, como sucedió en su momento con las contrataciones destinadas a la construcción de colegios públicos, donde se evidencio el despilfarro del dinero público, y la corrupción por parte de algunos funcionarios o dependencias del gobierno distrital de ese momento.
Claramente la posición que tomamos es de una gran aceptación y de un total apoyo a los proyectos y actividades que se hagan en cuanto a la educación inclusiva en TODOS los casos, sin embargo tomamos una actitud de crítica frente a la estructuración del proyecto ya que esta misma tiene diferentes inconvenientes que puede fraccionar a la misma población vulnerable aún cuando todas tengan la posibilidad de entrar en estas oportunidades, es importante pensar en la educación inclusiva y también en los medios inclusivos para llegar a ella.
En En ese sentido, las medidas implementadas por el Ministerio de Educación Nacional, la Unidad para las Víctimas, y el ICETEX, se adscriben a la discusión entorno a la definición del concepto de víctima; pero además, representan una herramienta y una facilidad para las personas que sufren un desplazamiento que los obliga a vivir un proceso de adaptación a la ciudad capital, y modificar de su diario vivir, de las prácticas con las que, hasta el momento previo al desplazamiento, mantenían un sustento, y en fin, todas las implicaciones que un desplazamiento forzoso trae consigo.
Así, las facilidades que el convenio por parte del Ministerio de Educación, la universidad Buenaventura y el icetex facilitan a las víctimas, incluye un crèdito 100% condonable, es decir, un crédito donde se le cancela el 100% de la carrera a la que esté inscrito el beneficiado, que serán administrados a través del Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado. Por otro lado, el beneficiario se debe encargar de retribuir lo aprendido en beneficio del desarrollo del Programa de Voluntariado de la Unidad Administrativa Especial para la atenciòn y reparaciòn Integral de las Víctimas.
Así, las facilidades que el convenio por parte del Ministerio de Educación, la universidad Buenaventura y el icetex facilitan a las víctimas, incluye un crèdito 100% condonable, es decir, un crédito donde se le cancela el 100% de la carrera a la que esté inscrito el beneficiado, que serán administrados a través del Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado. Por otro lado, el beneficiario se debe encargar de retribuir lo aprendido en beneficio del desarrollo del Programa de Voluntariado de la Unidad Administrativa Especial para la atenciòn y reparaciòn Integral de las Víctimas.
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julio de 2013. Tomado de:
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- GOBIERNO DE NARIÑO, Convocatoria para apoyar programas y procesos de
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de junio de 2013.
- UNIDAD PARA LA ATENCIÓN Y
REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS. Publicado el día 25 de
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del conflicto armado. Tomado de:
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Publicado el día 07 de Marzo de 2014.Tomado de:
- MINAGRICULTURA, Unidad de restitución de tierras. Tomado de:
- MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, "Construcción de paz y reparación a
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